DEFINICIONES DE LA DENUNCIA
DENUNCIA
¿QUÉ ES UNA DENUNCIA?
Definimos como denuncia, al mecanismo que utilizan los ciudadanos para notificar de manera escrita o verbal, a una autoridad competente, en este caso, a la Dirección Nacional de Denuncia y Participación Ciudadana de la Contraloría General de la República, sobre supuestos hechos o conductas que afectan de manera irregular los fondos o bienes públicos o bien que constituya una infracción legal.
¿CÚAL ES LA FINALIDAD DE ATENDER UNA DENUNCIA?
Toda denuncia presentada ante la Dirección Nacional de Denuncia y Participación Ciudadana, tiene como objetivo primordial, ser atendida para realizar un proceso investigativo del hecho denunciado para determinar si existe o no, el manejo irregular de los fondos y bienes del Estado, de ser confirmado, se procede a gestionar con las autoridades competentes las medidas disciplinarias y/o administrativas necesarias, con el objetivo de subsanar el acto irregular.
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE INTERPONER UNA DENUNCIA?
Su importancia prevalece en las siguientes razones:
- Es fundamental para combatir la corrupción.
- Es obligación del ciudadano ejercer su derecho.
- Sirve como indicador que muestra el compromiso que tiene el ciudadano en cuanto a ser vigilante activo de los recursos del Estado.
- Facilita la creación y mejora de los controles internos institucionales, con el fin de evitar un posible acto irregular en el manejo de los recursos del Estado.
- Brinda visibilidad y mayor enfoque a las autoridades correspondientes sobre algún tema en específico.
- Incentiva a las autoridades a reforzar la cultura ética de los funcionarios públicos.
¿CÚALES SON LOS REQUISITOS PARA INTERPONER UNA DENUNCIA?
Toda denuncia presentada ante la Dirección Nacional de Denuncia y Participación Ciudadana de la Contraloría General de la República debe cumplir con los siguientes requisitos:
- El denunciante debe estar correctamente identificado (nombre y cédula), y firmar la denuncia.
- En caso que la denuncia se registre mediante la página web o correspondencia escrita, el denunciante tendrá 8 días hábiles para firmar la denuncia y remitirla a la Dirección Nacional de Denuncia y Participación Ciudadana, a través del Departamento de Correspondencia y Archivos.
Las denuncias presentadas deben contar con la siguiente información:
- Fecha y lugar de la supuesta irregularidad.
- Indicar el nombre de la entidad a denunciar.
- Tipo de denuncia y explicación del hecho.
- Nombre del supuesto denunciado.
- De ser posible, aportar evidencias como fotografías, documentos o soporte audiovisual.
- Debe contener hechos o conductas verídicas que afecten los fondos o bienes del Estado.
¿QUÉ MEDIOS PUEDO UTILIZAR PARA INTERPONER UNA DENUNCIA?
- PRESENCIAL
- El denunciante debe acudir a la Dirección Nacional de Denuncia y Participación Ciudadana, ubicada en la planta baja del edificio anexo de la Contraloría General de la República, en la Avenida Balboa con la Avenida Federico Boyd.
- El denunciante debe dirigir la nota al Contralor General de la República (Representante Legal de la Institución) y llevarla al departamento de archivo y correspondencia, ubicado en la planta baja del Edificio de la Contraloría General de la República, ubicado en la Avenida Balboa con la Avenida Federico Boyd.
¿COMO PUEDO DAR SEGUIMIENTO AL TRAMITE DE MI DENUNCIA?
Toda denuncia presentada, puede ser monitoreada, a través de los siguientes medios:
- Accediendo a Estatus de la Denuncia e introduciendo el número único de su denuncia.
- Si la denuncia fue presentada a través de Correspondencia y Archivos ingresando a Sígueme.
- Llamando a los números (507) 510-5381 ó 5382.
- Presentándose en la Dirección Nacional de Denuncia y Participación Ciudadana de la Contraloría General, solicitando información con su número único de denuncia. Considere que la información será suministrada únicamente a la persona que emitió la denuncia.
OTRAS PREGUNTAS FRECUENTES
- 1. ¿En qué momento se da por concluida una denuncia?
2. ¿Qué información debo brindar si veo un vehículo del
Estado en un lugar indebido o fuera de horario laboral?
3. ¿Qué tipo de sanciones imponen las entidades cuando
se confirma el hecho denunciado?
4. ¿Se puede denunciar a una persona por trabajar en
dos instituciones del Estado?