OTRAS INFORMACIONES

LEY DE ASAMBLEA LEGISTATIVA

LA LEY No. 6  DE ENERO 2002

DEFINICIÓN DE LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Es el mecanismo de votación y consulta ciudadana que se verifica regularmente y que es objeto de disciplina constitucional en torno a la aprobación o rechazo referente a la creación, modificación, derogación o abrogación de leyes.

Funge como instrumento de consulta directa a los votantes sobre algún asunto de excepcional importancia en la vida colectiva que, por comprometer el destino nacional, requiera el expreso consentimiento de los ciudadanos. Es también “una votación general para conocer la opinión directa de la ciudadanía”. Se considera excepcional porque es aplicado a un problema de importancia constitucional pero que no afecta a actos de índole legal; es decir: se aplica a actos de gobierno-administrativos, no de carácter legislativos.

Es un órgano colegiado y plural, integrado por varios sectores de la sociedad civil que tiene como propósito proponer, analizar y opinar al Estado, en materia de transparencia y acceso a la información.

Es un encuentro ciudadano con el gobierno municipal para debatir y tratar asuntos de interés público. Pueden ser convocados por el alcalde o por iniciativa de un porcentaje de los habitantes del municipio. A modo de asamblea abierta, los gobernantes presentan y exponen propuestas, desafíos o proyectos del municipio y rinden cuentas ante la ciudadanía. En algunos casos los ciudadanos pueden someter temas y propuestas a votación.

Las personas pueden presentar iniciativas de Ley sin ser representantes populares en sus respectivos congresos. Dichas iniciativas deberán estar avaladas por una cantidad de firmas, para que se puedan tomar en cuenta por su respectiva cámara legislativa, y pueden tratar tanto asuntos públicos como una reforma de un estatuto, de una Ley o incluso una enmienda constitucional.

La consulta a la ciudadanía es un mecanismo de participación que busca conocer las opiniones, sugerencias o propuestas, comentarios y aportes de los usuarios, ciudadanos y grupos de interés con respecto a los proyectos, normas, políticas, programas o trámites adelantados por la entidad antes de la formulación de los mismos o la toma de decisiones.

Es el mecanismo por el cual los ciudadanos deciden en qué obra o servicio desean que la Alcaldía invierta el presupuesto participativo que le toca a su colonia o pueblo.